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ENACOM AUTORIZÓ ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS DE TELECOMUNICACIONES

El área de Telecomunicaciones CPE es licenciataria de los servicios de telefonía y radiodifusión. Como tal, quedó incluida en la Resolución 1754/2022, del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), que estableció, a partir del 1 de octubre, un incremento en el valor de los precios minoristas de un 19.8%, y otro aumento a partir del 1 de diciembre de un 9.8 por ciento.

En el caso de los asociados/as de servicios de Telecomunicaciones de la CPE, el primer incremento llegará en las facturas con vencimiento en diciembre, mientras que el segundo será en las facturas con vencimiento en febrero 2023.

Colsecor, entidad de primer grado integrada por cooperativas y pymes argentinas, advirtió que desde la sanción del DNU 690 en el año 2020, Enacom ha autorizado un 124.84% de suba acumulada durante los últimos tres años, para las tarifas de los servicios TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación). Vale recordar que durante el primer año las tarifas permanecieron congeladas.

Comparando ese porcentaje con el índice de inflación, y estimando para lo que resta de 2022 un ritmo inflacionario del 7% mensual, en el mismo periodo de tres años, alcanzaría un 320,67%, por lo que en diciembre próximo la brecha entre el acumulado de IPC y lo autorizado por Enacom queda absolutamente clara. Esto deja a las tarifas autorizadas por Enacom con dificultades para sostener la calidad de los servicios.

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Las inversiones en la infraestructura de Telecomunicaciones son en gran medida en dólares.

Otro dato importante es que a la fecha actual, la variación del tipo de cambio también superó el porcentaje de incrementos autorizados: hasta octubre de 2022 se regularon aumentos del 104%, mientras que la devaluación alcanzó el 145,63%. Esto es trascendente porque las inversiones y costos de conectividad son en dólares.

Las cooperativas y pymes integradas en Colsecor mantienen ante las autoridades de Enacom el análisis de que el evidente atraso tarifario, sumado a la difícil situación económica y financiera general que se atraviesa, impide a estas empresas sostener la calidad de los servicios. Y ha sido precisamente este sector —que la CPE integra—, el que ha cumplido todos los términos que fija el DNU 690/2020, acompañando con la PBU (Prestación Básica Universal) a los sectores más vulnerables. Lo ha hecho, además, sin judicializar el decreto que congeló las tarifas en 2020, a diferencia de las grandes prestadoras del mercado a las que los amparos judiciales les permitió desconocer el Decreto y aumentar sus tarifas por encima de lo regulado.

Frente a este panorama, Colsecor viene proponiendo a las autoridades nacionales un mecanismo para agilizar la readecuación tarifaria mediante la modificación del artículo 3 de la Resolución 1466/2020 y sus complementarias, que refiere a la obligación de informar los aumentos de los prestadores. De acuerdo con la propuesta, los prestadores con menos de 100 mil accesos totales deberían notificar al Enacom las variaciones que decidan efectuar sobre sus planes, precios minoristas y condiciones comerciales vigentes, 30 días antes de su implementación. Cumplido ese plazo, si no hay observaciones por parte del ente regulador, esas modificaciones "se darán por aprobadas".