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LA PAMPA NO RETROCEDERÁ EN SUS PLANTEOS

Mucho se habla, interesa, llama la atención, pero… ¿qué pasa con el Atuel? ¿En qué estado está? ¿qué expectativas existen? En esta época del año el Atuel se seca por completo, la arena se apodera del cauce y el desierto se agranda. El 100% del agua que se almacena durante el año en los diques y embalses mendocinos, es liberado y direccionado a las áreas de riego para regar sus cultivos y ser aprovechado íntegramente por la provincia cuyana.

Publicada en febrero de 2019

Esta historia se repite desde hace mas de 70 años, dejando a La Pampa, sólo el agua que se les escapa.

La situación de hoy en día, como todos los años, vuelve a mostrar un río seco con la esperanza de que el contexto y el nuevo paradigma ambiental, le de definitivamente la razón a La Pampa y se le exija a Mendoza cumplir con un mínimo escurrimiento.

Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) obligara a las partes a definir un valor de “caudal hídrico apto para recomponer el ecosistema del noroeste pampeano”, y que ese proceso de negociación no diera resultados, cada una de las provincias y el Estado Nacional llevaron sus propuestas a la Justicia, esperando que sea ella quien resuelva.

La Pampa, apoyada en la coherencia de la historia del reclamo y de los estudios multidisciplinarios de la UNLPam, hizo su propuesta lógica de la cantidad de agua que debe ingresar a la provincia para lograr recomponer todo el tramo que abarca el río, desde su ingreso hasta la conexión con el río Salado. En contraposición, la mezquindad de Mendoza se reflejó en el ofrecimiento de agua que no es del río Atuel sino de perforaciones, y con valores de calidad y cantidad iguales o inferiores a los que llegan esporádicamente en la actualidad. Por su parte, el Estado Nacional dejó en evidencia la complicidad para con la postura mendocina a través de una propuesta que avala la intención mendocina, lo que no hizo más que impedir un acuerdo entre las partes para definir el caudal de agua necesario.

La Pampa tiene estudios y bases de datos e información que permiten definir y defender de manera rigurosa su pedido. Es posible así, sostener firmemente que la cantidad de agua que se solicita es la mínima necesaria para que el ecosistema de los bañados se active de manera acorde. Por lo tanto, es evidente que, aceptar una propuesta menor a esos valores, implicaría recomponer solamente una ínfima fracción del ecosistema, permitiendo la continuidad de la desertización del resto del área.

Pese al cambio de paradigma reflejado en la Resolución de la CSJN del 1 de diciembre de 2017, en la que lo ambiental toma preponderancia por sobre lo antropocéntrico en cuanto a los intereses de las partes, y obliga a satisfacer la necesidad de agua del ecosistema como un “uso” más en la cuenca, sigue existiendo una conducta netamente egoísta y evasiva en este punto por parte de Mendoza. El hecho de que la totalidad del agua que llega desde la alta cuenca, sea embalsada y luego utilizada sólo para usos productivos y turísticos, evidencia el sesgo de la conducta unilateral descripta.

Ante este panorama, surge la innegable necesidad de contar con una definición en cuanto al valor mínimo necesario de cantidad de agua (caudal ecológico u ambiental) por parte de la CSJN ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo. Los factores políticos y económicos que han mantenido este conflicto a lo largo del tiempo pueden o no influir en esta decisión de los jueces. Lo cierto es que el fallo de 2017 marcó un precedente afirmando un daño ambiental en La Pampa, del cual es imposible que el Tribunal se retrotraiga.

Es por esto que debemos tener en claro que hace falta una decisión de la Corte Suprema de Justicia para zanjar el conflicto, y que la misma es indescifrable en su contenido y definición, y en el plazo en que pueda surgir.

Se desprende también, la necesidad no menor, de disponer de un comité de cuenca que permita regular y satisfacer TODOS los usos de la cuenca, incluido el ambiental, a través de una gestión en conjunto y coordinada del recurso hídrico compartido. Como condóminos y dueños compartidos del recurso, nos pertenece el derecho a participar en la gestión y decisiones que se tomen sobre el río y su manejo.

Los pampeanos, y la sociedad toda debe hacerse eco de la situación y lo que pasa con nuestro río Atuel, de la firmeza y coherencia de nuestra provincia en este tema, de la constante negativa de Mendoza, y del silencio del Estado Nacional en este histórico conflicto.

Los pampeanos no debemos claudicar. El Atuel también es pampeano.

*Gastón Buss es Director de Políticas Hídricas Secretaría de Recursos Hídricos de La Pampa